Madrid, 23 de abril de 2026
COPLEF Madrid y la Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid refuerzan su colaboración para garantizar el cumplimiento normativo, la transparencia y la seguridad en materia de profesionales del Deporte de la Comunidad de Madrid.
La Dirección General de Deportes de la Comunidad de Madrid, en una apuesta firme para velar por el cumplimiento de la norma en todo el sector, ha incorporado en su programa oficial de formación dos jornadas clave sobre la Ley 6/2016 y su Reglamento de desarrollo. Estas sesiones, organizadas en colaboración con COPLEF Madrid, abordarán de forma práctica las obligaciones legales de los profesionales, la importancia del seguro de responsabilidad civil y los requisitos obligatorios de publicidad. El objetivo es ofrecer una visión integral que garantice información legal suficiente para que el ejercicio profesional se realice bajo el marco legal vigente, protegiendo tanto a los profesionales como a los usuarios de servicios. deportivos.
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📢 LLAMADA ESPECIAL PARA COLEGIADOS: Desde COPLEF Madrid animamos a todos nuestros colegiados y colegiadas a liderar la inscripción, haciendo de la regulación profesional una preocupación y prioridad institucional en el cumplimiento de la norma.
IMPORTANTE REGLAMENTO LEY 6/2016
No es suficiente con tener un título para ejercer.
Cada profesional con titulación CCAFYDE que ejerza en la Comunidad de Madrid, está obligado a presentar una comunicación previa y seguro de responsabilidad civil antes de la prestación de servicios profesionales.
Conoce todo lo que tienes que saber aquí.
Abierto plazo para solicitar la copia del seguro y certificado personal a través de coplefmadrid@coplefmadrid.com
Desde COPLEF Madrid hacemos un llamamiento al uso correcto de la denominación de las profesiones bajo la Ley 6/2016, y NO confundir a la población con la DENOMINACIÓN NO OFICIAL de “EDUCADOR/A FÍSICO DEPORTIVO/A”, máxime cuando por Sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2-3-2022 ha sido anulada y acordado el cese inmediato del uso de las denominaciones de Colegios Oficiales de Educadores/as Físico Deportivos/as y Consejo General de la Educación Física y Deportiva que no son las vigentes a tenor del Real Decreto 1641/1999.