Madrid, 19 de mayo.
COPLEF Madrid ha interpuesto un recurso de impugnación contra las bases del proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral denominadas Técnico/a Deportivo en el Ayuntamiento de Fuenlabrada, aprobadas el pasado 13 de marzo de 2026. COPLEF Madrid ha solicitado la revocación de las bases y de cualquier acto derivado de las mismas, exigiendo que se incluya como requisito indispensable la titulación de Grado o Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CCAFYDE), pues las funciones exigen actividades profesionales reguladas por Ley 6/2016 para el Director/a Deportivo/a.
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Convocatoria, requisitos y funciones de la plaza de Técnico Deportivo.
La convocatoria fue publicada en el B.O.C.M. nº 77 de fecha 1 de abril de 2026, bajo el sistema de concurso-oposición y encuadrada en un nivel de acceso de Bachillerato o Formación Profesional de Segundo Grado. Sin embargo, las bases atribuyen a este puesto funciones de alta responsabilidad técnica como la coordinación y organización de eventos deportivos, la supervisión de actividades, la elaboración de proyectos de promoción deportiva, la dirección técnica de escuelas municipales y la coordinación con entidades y clubes.
La naturaleza de las funciones descritas pertenecen a la profesión del Director/a Deportivo,/a regulada por la Ley 6/2016, de profesiones del deporte de la Comunidad de Madrid. COPLEF Madrid advierte al consistorio que no solo es una infracción a la Ley 6/2016, sino que constituya una falta de protección del usuario y de seguridad en los servicios deportivos. La jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ya ha anulado previamente convocatorias análogas.
El Director/a Deportivo/a en la Ley 6/2016.
De acuerdo con la Ley 6/2016 la profesión de Director/a Deportivo/a comprende la dirección, organización, planificación y supervisión de actividades físicas y de los recursos humanos de profesionales del deporte en centros o servicios deportivos, tanto públicos como privados. Para su ejercicio, la Ley 6/2016 exige poseer la titulación de Licenciatura o Grado en CCAFYDE. Además, todos los profesionales deben realizar una comunicación previa ante la Dirección General de Deportes, acreditando su cualificación y el cumplimiento de los requisitos legales como el seguro de responsabilidad civil profesional para garantizar la legalidad y seguridad de los servicios ofrecidos a la ciudadanía.
Compromiso con la transparencia.
Asimismo, se ha solicitado al Ayuntamiento de Fuenlabrada que cumpla con sus obligaciones en materia de publicidad de servicios deportivos. Esto implica que en cada instalación municipal y plataforma digital se exponga de forma clara y visible:
IMPORTANTE REGLAMENTO LEY 6/2016
No es suficiente con tener un título para ejercer.
Cada profesional con titulación CCAFYDE que ejerza en la Comunidad de Madrid, está obligado a presentar una comunicación previa y seguro de responsabilidad civil antes de la prestación de servicios profesionales.
Conoce todo lo que tienes que saber aquí.
Abierto plazo para solicitar la copia del seguro y certificado personal a través de coplefmadrid@coplefmadrid.com
Desde COPLEF Madrid hacemos un llamamiento al uso correcto de la denominación de las profesiones bajo la Ley 6/2016, y NO confundir a la población con la DENOMINACIÓN NO OFICIAL de “EDUCADOR/A FÍSICO DEPORTIVO/A”, máxime cuando por Sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2-3-2022 ha sido anulada y acordado el cese inmediato del uso de las denominaciones de Colegios Oficiales de Educadores/as Físico Deportivos/as y Consejo General de la Educación Física y Deportiva que no son las vigentes a tenor del Real Decreto 1641/1999.