¡Importante! Publicada la Ley 1/2019 que modifica la Ley de profesiones del deporte de la CAM

Coplef Madrid-. El pasado miércoles 6 de marzo, era publicada la LEY 1/2019, de 27 de febrero, de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

La modificación de la Ley fue aprobada el pasado día 14 en la Asamblea de Madrid, y como ya informó COPLEF Madrid, es un ÉXITO para todos/as los/as profesionales del deporte ya que sigue quedando intacta la RESERVA DE ACTIVIDAD para los/as CCAFYDE en las profesiones de Preparador/a Físico y Director/a Deportivo.

 

 

 

 

¡Importante!

Publicada la Ley 1/2019 que modifica la Ley de profesiones del deporte de la CAM  

 

Madrid, 9 de marzo de 2019 

Coplef Madrid-.El pasado miércoles 6 de marzo, era publicada la LEY 1/2019, de 27 de febrero, de modificación de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

 

La modificación de la Ley fue aprobada el pasado día 14 en la Asamblea de Madrid, y como ya informó COPLEF Madrid, es un ÉXITO para todos/as los/as profesionales del deporte ya que sigue quedando intacta la RESERVA DE ACTIVIDAD para los/as CCAFYDE en las profesiones de Preparador/a Físico y Director/a Deportivo.

 

Queda ahora pues, un mandato de obligado cumplimiento para el ejecutivo de la Comunidad de Madrid: La publicación de las disposiciones reglamentarias, que ya deberían estar  publicadas desde el 15 de junio de 2018, y que supondrá un momento fundamental de cara al cumplimiento de los trámites administrativos por parte de los profesionales afectados por la Ley 6/2016.

 

COPLEF Madrid quiere recordar que, a pesar de esta modificación que actualiza las nuevas titulaciones de formación profesional al Monitor/a Deportivo/a, así como los diplomas federativos al Entrenador/a Deportivo/a vinculado a la competición federada; LA LEY 6/2016, ESTÁ EN VIGOR DESDE EL15/06/2017 por lo que tanto los REQUISITOS DE CUALIFICACIÓN como el SEGURO DE RESPONSABILIDAD OBLIGATORIO están vigentes con sanciones de hasta 30.000 euros y 2 años de inhabilitación.

 

 

 

 

 

 

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