La Comunidad de Madrid comunica a los centros que en el curso 2024/25 habrá una optativa para 2º Bachillerato con 4 horas semanales: “Actividades físico-deportivas”.
COPLEF Madrid
Madrid, 29 de mayo de 2024
La Comunidad de Madrid en circular remitida a los centros, ha comunicado que está tramitando la normativa necesaria para ampliar el catálogo de materias optativas para Bachillerato entre las que se encuentra la asignatura “Actividades Físico-deportivas”. La circular se remite a los centros para que puedan incorporarla a su oferta educativa.
Esta asignatura tiene su origen en la propuesta de COPLEF Madrid que solicitaron los centros educativos en el mes de enero a la Consejería de Educación. Desde la publicación de la misma, numerosos centros solicitaron a COPLEF Madrid, información, preguntas, o matizaciones acerca de la asignatura, y un número muy significativo confirmaron la solicitud y necesidad de la asignatura.
Currículum de la asignatura
COPLEF Madrid desea aclarar a todas las personas colegiadas, que la denominación y currículo de la propuesta han sido modificadas a criterio de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, competente para fijar el catálogo de asignaturas optativas de Bachillerato.
Así ha quedado la asignatura, a la espera de publicación en el BOCM:
Denominación: “Actividades Físico-deportivas”.
Modalidad: apta para ofertas en todas las modalidades.
Curso: 2º de Bachillerato.
Nota de la asignatura: computable para la media de Bachillerato.
Descarga el borrador de la asignatura aquí.
¿Qué trámites son necesarios para impartir la asignatura el próximo curso escolar?
Ahora, serán los centros los que tendrán que implementar la incorporación de la asignatura publicada a su oferta educativa. Los centros públicos deben aprobar su oferta en Claustro de profesores y Consejo Escolar, y los centros privado-concertados deben informar al Consejo Escolar (art. 10 de la Orden 1736/2023, de 19 de mayo).
Estructura de las asignaturas de Educación Física en ESO y Bachillerato
Esta asignatura, se une a las tres horas de Educación Física y a todas las asignaturas optativas de Deporte en ESO, así como a la asignatura de Ciencias de la Actividad Física I y II en FP. Básica.
Educación Secundaria Obligatoria | |||||
Obligatoria | Optativa | ||||
1º curso |
Educación Física 3 horas |
Deporte 2 horas |
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2º curso | Educación Física 3 horas |
Deporte 2 horas |
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3º curso | Educación Física 3 horas |
Deporte 2 horas |
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4º curso | Educación Física 2 horas |
Deporte 2 horas |
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Bachillerato | |||||
1º curso | Educación Física 2 horas |
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2º curso |
Actividades físico- deportivas 4 horas |
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Formación profesional básica | |||||
1º curso | Ciencias de la Actividad Física I
2 horas |
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2º curso | Ciencias de la Actividad Física II 2 horas |
Otro hito conseguido por parte de COPLEF Madrid
COPLEF Madrid celebra la sensibilidad de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, al impacto que tiene la medida de implantación de la asignatura en la salud del alumnado.
Como siempre, agradecer a las personas con colegiación en COPLEF Madrid, por la confianza mantenida en el colegio; porque, junto a
- la Ley de profesiones del deporte,
- el “Plan de prescripción de actividad física y ejercicio físico” por el que que incorpora el ejercicio física en la tarjeta sanitaria virtual de la Comunidad de Madrid,
- la tercera hora de Educación Física,
- la asignatura de “CC. De la Actividad Física” en Formación Profesional,
- la primera sentencia judicial firme de una Ley de Profesiones,
- el departamento de control y sanción de la Ley 6/2016,
- el decreto de la profesión del Preparador/a Físico/a como actividad esencial durante el COVID,
así como esta optativa de Bachillerato, se están construyendo en la región, políticas educativas, deportivas y saludables muy beneficiosas para la ciudadanía. Todo esto enmarca a la Comunidad de Madrid en este aspecto, en el lugar más destacado dentro del panorama nacional.
Desde COPLEF Madrid hacemos un llamamiento al uso correcto de la denominación de las profesiones bajo la Ley 6/2016, y NO confundir a la población con la DENOMINACIÓN NO OFICIAL de “EDUCADOR/A FÍSICO DEPORTIVO/A”, máxime cuando por Sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2-3-2022 ha sido anulada y acordado el cese inmediato del uso de las denominaciones de Colegios Oficiales de Educadores/as Físico Deportivos/as y Consejo General de la Educación Física y Deportiva que no son las vigentes a tenor del Real Decreto 1641/1999. |