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Se aprueba la Ley de Ordenación de las Profesiones del Deporte de Madrid

La Regulación Profesional en la Comunidad de Madrid es una realidad

Ayer se aprobó la Ley por la que se Ordena el Ejercicio de las Profesiones del Deporte de la Comunidad de Madrid con 88 votos a favor y 35 abstenciones en el Pleno de la Asamblea de Madrid.

El Colegio Profesional de Licenciados en Educación Física y el Deporte de la Comunidad de Madrid (COPLEF Madrid) considera que  la regulación de Madrid es tan importante, porque es el lugar donde se ubican las Administraciones del Estado, donde los políticos autonómicos conviven con los del Gobierno español. Esto quiere decir que ya se ha superado un obstáculo difícil y que hay un compromiso por los diputados portavoces de deportes de los partidos políticos de que este texto se proponga a nivel estatal.

Desde el FORUM COPLEF MADRID fueron cientos los profesionales y estudiantes que vivieron la retransmisión en directo de la votación, además de poder conocer de primera mano los aspectos básicos de la ley, así como las opiniones de grandes profesiones que participaron en la mesa redonda. El éxito de este evento refleja la ilusión de todo un colectivo por una regulación que se ha pedido desde hace décadas. Por otra parte, la gran repercusión del acto también se hizo notar en las redes sociales con la aparición de dos de los Hashtags del Colegio, #RegulaciónProfesionalYA y #ForumCoplefMadrid en el listado de Tendencias Trending Topic nacionales durante el transcurso del día, alcanzando la tercera y sexta posición respectivamente.

 

Es una Ley para proteger a usuarios, consumidores y deportistas

En contra de lo que se pueda pensar, la regulación de las profesiones del deporte no se ha pensado para beneficiar a los profesionales, sino que es una ley pensada para PROTEGER a los usuarios, consumidores y deportistas de servicios deportivos que, además de beneficiarse de que las personas que les atienden tengan la cualificación necesaria, también tendrán una serie de derechos para proteger su integridad y su salud, ya que según nos refieren algunos estudios de investigación, un 40% de los empleados en deporte lo hacen sin titulación específica, un 30% desempeña funciones para las que no es competente y, lo que es peor, sólo el 30% del empleo tiene competencias para desempeñar las funciones que realiza.

Cuando una profesión se regula es porque su ordenación es importante para el interés general, para la salud y la seguridad de los ciudadanos. Y así se dice en el primer artículo de la Ley, ya que su finalidad principal es velar por el derecho de las personas que solicitan la prestación de servicios deportivos a que los mismos se presten aplicando conocimientos específicos y técnicas que fomenten una práctica deportiva saludable, evitando situaciones que puedan perjudicar la seguridad del consumidor/a, usuario/a o deportista o que puedan menoscabar la salud o la integridad física de los destinatarios de los servicios.

Para proteger a los usuarios la ley refleja una serie de derechos de los consumidores y obligaciones de los profesionales. Entre estas obligaciones se encuentra contar con un seguro de responsabilidad profesional, que de no contar con él se consideraría una falta muy grave, con la consiguiente inhabilitación de 2 a 3 años y multa de 3.000 a 30.000 euros. Afortunadamente, todos los colegiados ejercientes cuentan con seguro de responsabilidad civil.


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SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL OBLIGATORIO LEY 6/2016

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