COPLEF Madrid
Madrid, 4 de enero de 2023
La Ley 6/2016, de 24 de noviembre, del ejercicio de las profesiones del deporte de la Comunidad de Madrid, ha sido modificada a través de la Ley de medidas urgentes para el impulso de la actividad económica y la modernización de la administración de la Comunidad de Madrid, conocida como Ley Ómnibus. Se recomienda la lectura completa del título VIII Profesiones del Deporte.
COPLEF Madrid, ya presentó el pasado enero de 2021 alegaciones a un anteproyecto de Ley que afectaba a más de 30 leyes y decretos.
La nueva Ley, sin afectar denominaciones, funciones y actividades profesionales, ni cualificaciones de acceso a las profesiones, matiza diversos aspectos que facilitan el cumplimiento, control e inspección de la misma, además de actualizarla a otras legislaciones.
Principales modificaciones de la Ley 6/2016
- Art. 25.- Publicidad del Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio: la póliza del seguro de responsabilidad civil deberá estar a disposición del consumidor de forma PERMANENTE en todos los servicios profesionales deportivos.
- Art. 13. 2.- Comunicación previa al ejercicio profesional: la comunicación previa será obligatoria para todas las personas profesionales.
- Art. 27/28.- Régimen sancionador/Infracciones a la Ley: se iniciarán el procedimiento sancionador de oficio, se determina el órgano instructor, y se considerarán infracciones hasta muy graves la obstrucción a facilitar labores de inspección y la negativa a facilitar información o prestar colaboración.
Puedes conocer un resumen de todas las modificaciones a la Ley 6/2016 AQUÍ:
Modificaciones en vigor
Hay que informar, que todas las modificaciones, entraron en vigor desde el 23 de diciembre de 2022 por lo que son de aplicación a cada profesional del deporte de la Comunidad de Madrid.
Además, cabe recordar, que la Ley 6/2016 está en vigor y es DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO para cada profesional deporte en la Com. de Madrid.
Copia del Seguro de Responsabilidad Civil para personas colegiadas
COPLEF Madrid RECOMIENDA A TODAS LAS PERSONAS COLEGIADAS de cara al cumplimiento de la modificación de la publicidad del seguro de responsabilidad civil, descargar e imprimir una copia de la póliza y tenerla a disposición en el lugar de prestación, o ponerla a disposición en sitio web de oferta de servicios deportivos, ya que:
- No contratar el seguro de responsabilidad civil puede suponer una infracción muy grave a la Ley 6/2016 con hasta 30001 euros de sanción y 2 años de inhabilitación.
- No tener a disposición del consumidor una copia del seguro de RC de forma PERMANENTE en todos los servicios profesionales deportivos puede suponer una infracción grave a la Ley 6/2016 con hasta 3001 euros de sanción y 1 año de inhabilitación.
Puedes obtener toda la información y descargar la póliza del seguro de RC de COPLEF Madrid AQUÍ:
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