Madrid, 13 de septiembre de 2023
COPLEF Madrid, publicó en el primer semestre del año noticia y vídeo en el que se reflejaban las 226 plazas de convocatorias públicas de empleo, que había recurrido y/o impugnado en el 2022.
COPLEF Madrid, que ya informó durante el transcurso del año 2022 de estimación de recursos como el Ayuntamiento de Arroyomolinos, o el del Ayuntamiento de Móstoles, realizó una labor de impugnación muy intensa durante el mes de diciembre y enero, en relación a los procesos de estabilización públicos, con hasta 16 recursos presentados en ese espacio temporal, y de los que ya llegaron 5 estimaciones de las que se informó en esta noticia.
Por último, COPLEF Madrid informa de otra serie de recursos que también han sido estimados:
1 plaza de Técnico/a de Deportes. Ayuntamiento de Ajalvir.
Se publicó en BOCM 304 de 22 de diciembre, una plaza de “Técnico de Deportes” en la que no se exigía ninguna titulación deportiva específica para su acceso y desempeño, requiriéndose “Bachiller, F.P. II, Técnico o equivalente”. La definición de la plaza de “Técnico de Deportes” correspondía casi literalmente al concepto legal de “Director/a Deportivo/a” (Art. 11 Ley 6/2016), cuyo requisito de titulación en más de una modalidad deportiva es la de “Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o el correspondiente título de Grado que la sustituya”.
El Ayto. de Ajalvir ha resuelto estimar parcialmente el recurso de COPLEF Madrid, y suspender el procedimiento selectivo. |
1 plaza de “Coordinador/a Deportivo”. Ayuntamiento de Ciempozuelos.
Se publicó en BOCM de 30 de diciembre las bases y Convocatoria para la provisión de una plaza de “Coordinador/a Deportivo” en la que se exigía estar en posesión del “Título de Bachiller o Técnico”. COPLEF Madrid recurrió indicando que la profesión del “Director/a Deportivo”a” requiere la titulación de “Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o el correspondiente título de Grado que la sustituya”.
El Ayto. de Ciempozuelos resolvió estimar recurso en lo referente a los requisitos exigidos, modificando las bases para adaptarlas a la Ley 6/2016. |
1 plaza de Coordinador Deportivo. Ayuntamiento de El Berrueco.
Se publicaron en BOCM de 1 de febrero, las bases por las que se regía el procedimiento selectivo de una plaza de Coordinador Deportivo, que requerían estar en posesión del título de la ESO, EGB, F.P.1 o equivalente. COPLEF Madrid recurrió indicando que las funciones de elaborar proyectos, programar, diseñar y adaptar ejercicios… corresponden bajo Ley 6/2016 a la actividad profesional de “Director/a Deportivo”a” y que requiere la titulación de “Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o el correspondiente título de Grado que la sustituya”.
El Ayto. de El Berrueco resolvió suspendiendo el acto de aprobación de las bases a fin de evitar perjuicios de difícil reparación. |
1 plaza de Coordinador Deportes. Ayuntamiento de Valdemorillo.
Publicadas las bases de convocatoria en BOCM de 9 de diciembre, se convocaba una plaza de Coordinador Deportes, a la cual únicamente se exigía la titulación de “Grado universitario o equivalencias universitarias actuales”. Todo lo reflejado en esta noticia acerca de los requisitos de cualificación del “Director/a Deportivo/a”, viene a consolidarse con lo dispuesto en la Sentencia del TSJM de la Sala de lo Contencioso de 13/10/2020 en denuncia interpuesta por COPLEF Madrid.
El Ayto. de Valdemorillo resolvió estimando la impugnación de COPLEF Madrid y modificar la convocatoria con el requisito de cualificación de “Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o el correspondiente título de Grado que la sustituya”. |
19 plazas de Monitor Deportivo. Ayuntamiento de Torrejón de la Calzada.
Publicadas en BOCM el 3 de enero las bases para la provisión de 19 plazas de Monitor/a Deportivo/a, en las que se establecían los requisitos de titulación arbitrariamente de Técnico Deportivo, Graduado escolar en ESO, Certificado de Escolaridad… COPLEF Madrid recurrió las plazas en la omisión de los requisitos de cualificación, del artículo 14 de la Ley 6/2016, para la profesión del “Monitor/a Deportivo/a”.
El Ayto. de Torrejón de la Calzada resolvió admitir y estimar parcialmente el recurso corrigiendo las bases, que se deben regir por el artículo 14 de la Ley 6/2016, a excepción de dos plazas de “Entrenador/a Deportivo/a”. |
2 plazas de Monitor Deportivo. Ayuntamiento de Fresno de Torote.
Se publicaron el 13 de diciembre, las bases y convocatoria de dos plazas de Monitor Deportivo con requisitos de titulación de “graduación en educación secundaria”. Las funciones de “Monitor/a Deportivo/a” se rigen por el artículo 8 de la Ley 6/2016, así como los requisitos de cualificación por el artículo 14 de la misma Ley.
El Ayto. de Fresno de Torote ha resuelto estimar el recurso de COPLEF Madrid, revocando la convocatoria, y dictar una nueva con los requisitos previstos de la Ley 6/2016. |
COPLEF Madrid recuerda a todas las personas colegiadas, el “posicionamiento respecto a la habilitación del empleado público y la Ley 6/2016 para plazas y concursos públicos”, que ha venido manteniéndose durante todos los recursos presentados..
¿Eres CCAFYDE y quieres que COPLEF Madrid siga defendiendo tu profesión?
Desde COPLEF Madrid hacemos un llamamiento al uso correcto de la denominación de las profesiones bajo la Ley 6/2016, y NO confundir a la población con la DENOMINACIÓN NO OFICIAL de "EDUCADOR/A FÍSICO DEPORTIVO/A”, máxime cuando por Sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 2-3-2022, ha sido anulada y acordado el cese inmediato del uso de las denominaciones de Colegios Oficiales de Educadores/as Físico Deportivos/as y Consejo General de la Educación Física y Deportiva que no son las vigentes a tenor del Real Decreto 1641/1999. |
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